La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales 2 artículos de la Convención Colectiva de los funcionarios de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).
El diputado Gilberto Campos planteó una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 36 y 77 de la Convención Colectiva de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) y los magistrados de la Sala Constitucional le dieron la razón a declararla con lugar por considerar que los artículos otorgaban caros y desproporcionados privilegios a los empleados de esa institución pública.
“Ambos gastos eran desproporcionales y en el caso del artículo 36, se desvirtuaba el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, para el pago de viáticos para empleados estatales que deben trasladarse a giras”, indicaron desde la fracción
El artículo 36 habilitaba el pago de dinero por concepto de alimentación para los trabajadores que laboraran al menos dos horas extraordinarias luego de terminada su jornada ordinaria, mientras que el 77 disponía el pago de ¢4 millones anuales de Recope a la Comisión Central de Salud Ocupacional para el “desarrollo de actividades deportivas” de sus empleados.
El diputado alegó que ambos gastos eran desproporcionales y que, en el caso del artículo 36, se desvirtuaba el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, para el pago de viáticos para empleados estatales que deben trasladarse a giras.