El próximo 28 de febrero vence el plazo para que los contribuyentes presenten las declaraciones informativas D-151 y D-152 ante el Ministerio de Hacienda. Este requisito aplica tanto para personas físicas como jurídicas del sector público o privado que haya vendido o comprado bienes o servicios.
¿Quiénes deben presentar estas declaraciones?
Según la información brindada por el Ministerio de Hacienda, toda persona, física o jurídica, pública o privada, estará obligada a proporcionar, a la Administración Tributaria, cuando paguen o acrediten rentas afectas al impuesto sobre la renta a personas domiciliadas y no domiciliadas. Específicamente, el reporte es obligatorio si:
• Las transacciones con un mismo cliente o proveedor superaron los ¢2.500.000 anuales.
• En el caso de servicios como alquileres, comisiones, servicios profesionales o intereses, si la suma anual supera los ¢50.000 con una misma persona.
¿Cómo se presenta la declaración?
Para presentar la declaración, los contribuyentes deben seguir estos pasos:
1. Ingresar al sitio web del Ministerio de Hacienda.
2. Acceder a la plataforma Declara 7 con su usuario y contraseña.
3. Completar el formulario correspondiente a la D-151 o D-152 con la información de las transacciones realizadas durante el período fiscal.
4. Verificar que los datos sean correctos y proceder a enviar la declaración.
5. Descargar y guardar el comprobante de presentación para futuras referencias.
¿Cuál es la importancia de esta declaración?
La D-151 es una declaración de carácter meramente informativo, lo que significa que no implica el pago de impuestos. Su objetivo es proporcionar a la Administración Tributaria información detallada sobre las transacciones realizadas, incluyendo los montos y los datos de identificación de las partes involucradas.
Por otro lado, la D-152 está enfocada en reportar las retenciones efectuadas sobre impuestos únicos y definitivos. Ambas declaraciones deben completarse electrónicamente a través de la plataforma Declara 7, disponible en el sitio web del Ministerio de Hacienda.
Consecuencias de no presentar la declaración
Si bien la D-151 y D-152 no implican el pago de impuestos, la omisión de estas declaraciones puede traer sanciones económicas y complicaciones ante la Administración Tributaria. No presentar el reporte dentro del plazo puede acarrear multas, afectando el cumplimiento fiscal del contribuyente y generando problemas en futuras gestiones con Hacienda.
Recomendaciones para los contribuyentes
Desde el Ministerio de Hacienda aconsejan no dejar el trámite para última hora y contar con el apoyo de un contador o persona capacitada que maneje el proceso correctamente. Además, recuerdan que esta declaración es independiente de la del Impuesto Sobre la Renta, cuya omisión conlleva sanciones más severas, incluyendo una multa del 2% de los ingresos brutos, con un mínimo de 10 salarios base (aproximadamente ¢4.034.000) y un máximo de 100 salarios base (¢40.340.000).
Con el vencimiento del plazo a la vuelta de la esquina, es crucial que los contribuyentes cumplan con este requisito para evitar sanciones y mantener su situación fiscal en regla.