La canasta básica costarricense podría tener un aumento significativo debido al conflicto bélico que se vive entre Rusia y Ucrania. Productos como el maíz, la cebada, el arroz y el trigo sufrirían el cambio en sus precios en los próximos meses.
“La noticia es muy preocupante y tendrá un impacto en la industria agroalimentaria y también en lo que se paga por los fertilizantes, significará un duro golpe para los agricultores y en el precio de los alimentos de la población”, explicó Kenlly Alfaro, directora ejecutiva de la Asociación de Formuladores y Comercializadores de Agroinsumos.
Ucrania es uno de los principales productores de girasol y sus derivados, además, cultivan maíz, cebada y trigo, entre otros productos.
Además, se prevé que los precios de los fertilizantes aumenten, debido al conflicto que hay por el gas natural, el cual se utiliza para generar la energía que se necesita para la fabricación de estos productos.
A raíz de todas estas situaciones, la meta de inflación de 3% para el 2022 sería poco probable de cumplir, ya que el encarecimiento de bienes y servicios sería de al menos dos puntos porcentuales más, según los expertos.
“Las expectativas de inflación, medidas a través de los mercados de renta fija estadounidenses, ya reflejan un aumento significativo para esa economía que podría tener repercusiones como por ejemplo, que las tasas de interés suban y eventualmente, de mantenerse el conflicto bélico por mayor tiempo se afecte el crecimiento económico”, aseguró Melvin Garita, gerente general BN Valores.
El alza en el petróleo internacional también preocupa a los economistas ante el impacto que esto pueda tener en el bolsillo de los costarricenses. Y es que el precio récord del petróleo llegó a $105 dólares por barril y ya comenzó a golpear lo que se paga por la gasolina en el país e incidirá en el transporte y en los costos de producción.
El riesgo de una mayor inflación no se reporta únicamente en Costa Rica, al contrario, ya venía presionada por la crisis de los contenedores desde mediados del 2021.