Con la aprobación en segundo debate del 21.810 Reforma al artículo 14 del Código Municipal y sus reformas quedó eliminada la reelección indefinida de las autoridades municipales.

De acuerdo con la iniciativa, los actuales alcaldes podrán optar por la reelección por un periodo adicional, pero una vez finalizado deberán esperar ocho años para postularse de nuevo al cargo.

La iniciativa además establece que los alcaldes y vicealcaldes no podrán ocupar ningún periodo de elección popular del régimen municipal hasta que no hayan transcurrido dos periodos consecutivos desde que finalizó su segundo periodo consecutivo.

Las nuevas reglas establecen que quienes lleven más de dos periodos consecutivos en sus cargos deberán esperar ocho años para postularse a ellos de nuevo. Pero en un transitorio se les otorga la posibilidad de aspirar a otros puestos municipales.

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