El PUSC presentó el expediente 24.434 que busca sancionar a quienes presencien un caso de violencia hacia una persona menor de edad y no actuen, como el caso reciente de Valentina.
Mediante una modificación al numeral 144 del Código Penal, se busca que sea un delito de omisión de auxilio el no prestar ayuda a menores de edad en las circunstancias antes mencionadas.
Las sanciones por omisión de auxilio a un menor de edad serán una multa equivalente a un salario base y el juez podrá aumentar el doble o hasta el triple según el caso. Además, se sancionará con hasta 1 año de prisión si esa omisión de auxilio resulta la muerte o lesiones graves del menor de edad.
“El deber de auxilio inmediato a personas menores de edad que están siendo víctimas de violencia debe ser una obligación y debe verse como respeto a la dignidad humana, a la protección de la vida, a la integridad física y psicológica, y al interés superior de los menores. Desde el PUSC buscamos que hechos como el de Valentina donde se omite la ayuda a la menor no vuelvan a pasar”, dijo la jefa de fracción María Marta Carballo.
El PUSC señaló que el deber de auxilio inmediato se fundamenta en la necesidad de actuar con celeridad para evitar daños irreparables en la vida y el desarrollo de los menores